IMPORTANTE:

Este canal de denuncia está dedicado exclusivamente para que se reporten las
siguientes conductas que puedan configurar las denuncias previstas bajo la Ley N° 21.643; Ley Karin.

1. Acoso sexual es la conducta en que una persona realiza, indebidamente y por cualquier
medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenazan
o perjudican su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

2. El acoso laboral es toda conducta que constituya agresión u hostigamiento ejercida por el
empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier
medio, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera reiterada, y que tenga como resultado
para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique
su situación laboral o sus oportunidades en el empleo.

3. La violencia en el trabajo es aquella ejercida por terceros ajenos a la relación laboral,
entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a las trabajadoras y a los trabajadores,
con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores u otras personas.

    IDENTIFICACIÓN DEL DENUNCIANTE




    INFORMACIÓN DEL DENUNCIADO